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COMITÉ
INTERNO DE LA DIVISIÓN DE BIBLIOTECAS
El Comité Interno de la División de Bibliotecas
es un
órgano colegiado de carácter consultivo y asesor
de la
Jefatura de la División de Bibliotecas y del
Comité
Central de Bibliotecas. Funcionará bajo la
coordinación
del Jefe de la División.
FUNCIONES ESPECIFICAS
a) Asesorar al Jefe de la División de Bibliotecas en la
orientación y ejecución de las
políticas de
procesos técnicos y de servicios de la Biblioteca y sugerir
modificaciones a la estructura y organización de la
División de Bibliotecas.
b) Tratar todos aquellos aspectos de carácter
técnico y
régimen interno, unificando criterios y proponiendo las
directrices necesarias para el correcto funcionamiento de la
División de Bibliotecas.
c) Definir y estudiar políticas para promover el desarrollo
y
buen funcionamiento de cada área de la División
de
Bibliotecas y de las colecciones que conforman el sistema.
d) Elaborar propuestas de normativa de uso de los servicios que ofrece
la División de Bibliotecas y elevarlas ante el
Comité
Central de Bibliotecas para su consideración y
análisis.
e) Cumplir y hacer cumplir los reglamentos de la Universidad en general
y los específicos de la División de Bibliotecas.
f) Recomendar y aprobar para cada semestre académico el plan
de
trabajo propuesto por cada una de las áreas de la
biblioteca.
g) Evaluar las actividades propuestas por cada área.
h) Proponer al Comité Central de Bibliotecas el plan de
capacitación para el personal adscrito a la
División de
Bibliotecas.
i) Evaluar el reglamento general de servicios, tarifas de los servicios
especiales y presentar las recomendaciones del caso al
Comité
Central de Bibliotecas.
j) Elegir un representante para un período de un
año no
renovable para periodos sucesivos ante el Comité Central de
Bibliotecas.
k) Darse su propio reglamento de funcionamiento.
l) Las demás que le asignen las autoridades universitarias.
CONFORMACIÓN DEL
COMITÉ INTERNO DE LA DIVISION DE BIBLIOTECAS
El Comité Interno de la División de Bibliotecas
estará integrado por los siguientes
funcionarios:
a) El Jefe de la División de Bibliotecas quien lo preside.
b) El Coordinador de Área Administrativa de la
División
de Bibliotecas, quien hace las veces de Secretario del
Comité.
c) Los Coordinadores de las diferentes Áreas de la
División de Bibliotecas.
d) Un representante de los Profesionales y Bibliotecarios vinculados a
la División de Bibliotecas en calidad de nombramiento
definitivo
o mediante contrato a término indefinido.
El periodo será de un año no renovable para
periodos sucesivos.
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